Ley de Igualdad

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Lo del masculino y neutro seguro que lo ha dicho la prensa.

En cuanto a lo de pasar la noche en el calabozo es cierto, medidas cautelares. Con la denuncia de tu padre ibas adentro. El caso es que conozco un caso real, y se aplica esta ley de violencia doméstica, que no siempre es estrictamente de género.

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knightCry
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Esperemos que sea invento de prensa....

Naxto, eso de aplicación que no siempre es estrictamente de género te lo pongo en duda. Luego hay medidas y medidas, peto todas encaminadas al objeto de la ley.

Ámbito objetivo y subjetivo de la ley orgánica de violencia de género:

 

1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

2. Por esta Ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a sus víctimas.

3. La violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.

 

HOLA HOLA MIS DRUGOS

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Esperemos que sea invento de prensa....

Naxto, eso de aplicación que no siempre es estrictamente de género te lo pongo en duda. Luego hay medidas y medidas, peto todas encaminadas al objeto de la ley.

Ámbito objetivo y subjetivo de la ley orgánica de violencia de género:

 

1. La presente Ley tiene por objeto actuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.

2. Por esta Ley se establecen medidas de protección integral cuya finalidad es prevenir, sancionar y erradicar esta violencia y prestar asistencia a sus víctimas.

3. La violencia de género a que se refiere la presente Ley comprende todo acto de violencia física y psicológica, incluidas las agresiones a la libertad sexual, las amenazas, las coacciones o la privación arbitraria de libertad.

 

A ver, me aburre ir de tertuliano que todo lo sabe y discutir cosas que debería de hablar un especialista. Pero bueno, al parecer aquí todos lo hacemos. No tengo ni zorra idea, hablo por algo que le pasó a un conocido y al parecer emplearon esta ley para meterle en el calabozo y condenarle sin que hubiera más pruebas que la denuncia de su padre por una discusión. La ley orgánica tiene un objetivo mucho más amplio a nivel de sensibilización y educación, es bastante avanzada. Pero a nivel penal hay algo más, por ejemplo en el articulo 153 sobre agresiones se dice "o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor", lo cual queda abierto al arbitrio del juez. Y luego sobre amenazas "Igual pena se impondrá al que de modo leve amenace a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor", etc.

 

Y en cuanto a la no existencia de una desigualdad entre hombres y mujeres al respecto, me parece una barbaridad sostener esa idea, y sacar de ahí que esta ley es inconstitucional. Otra cosa son los problemas sobre todo procesales que pueda tener su aplicación.

 

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knightCry
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A ver, me aburre ir de tertuliano que todo lo sabe y discutir cosas que debería de hablar un especialista. Pero bueno, al parecer aquí todos lo hacemos. No tengo ni zorra idea, hablo por algo que le pasó a un conocido y al parecer emplearon esta ley para meterle en el calabozo y condenarle sin que hubiera más pruebas que la denuncia de su padre por una discusión. La ley orgánica tiene un objetivo mucho más amplio a nivel de sensibilización y educación, es bastante avanzada. Pero a nivel penal hay algo más, por ejemplo en el articulo 153 sobre agresiones se dice "o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor", lo cual queda abierto al arbitrio del juez. Y luego sobre amenazas "Igual pena se impondrá al que de modo leve amenace a una persona especialmente vulnerable que conviva con el autor", etc.

 

pues no vayas dey personalmente de esto tengo zorra idea, vamos, no todos hablamos a la ligera, y si lo hacemos lo decimos.

Si ocurrió eso y lo que dices es cuestión de que si es de hijo a padre está fuera del ámbito de la ley de violencia de genero (la cual claro que abarca cosas mas amplias como educacion, publicidad, cuestiones laborales, económicas, etc..). Lo que dices es un delito de lesiones del Código Penal, de ambito doméstico, pero ya, no es violencia de género ni se le aplica esa ley (lo que te he puesto es el art. 1 de la misma). Que se enumere en el mismo articulo del CP alguna cosa no implica que sea la misma cosa. Se le aplican las medidas que tenga el Código Penal para ello (y ninguna de las modificaciones que opero la LO de violencia de género por cierto). Así que solo recalco la diferenciación y no mezclar conceptos. Otra cosa diferente es hubiera violencia sobre la mujer y el padre conviviendo en casa, pero no serñia estrictamente por el padre, sería por la agresión a la mujer (ojo, la aplicación de cuestiones estrictas de violencia de género). Claro que te puedes pasar la noche en el calabozo si está la policía en averiguaciones de un delito cualquiera, y hasta 72 horas si siguen investigando para esclarecer lo que ha pasado porque tienen fundamento para ello.

HOLA HOLA MIS DRUGOS

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Lo que digo es que hasta esta ley, por una simple denuncia no recibías ese trato.

Eso es lo que tengo entendido. Se ha modificado lo procesal y afecta al ámbito doméstico para proteger principalmente a la mujer en una pareja. Pero se aplica a todo el ámbito doméstico.

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Ricky
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El problema es que el distinto trato penal (pegarle a un hombre es falta, pegarle a una mujer, delito), condiciona también las medidas cautelares. Y bueno, la presencia mediática del fenómeno también puede influir tanto en policías como juzgadores a la hora de tomar medidas cautelares (yo también conozco el caso de alguien que durmió en el calabozo por causa de una denuncia falsa), y no sólo penales, si no también civiles (en los casos de divorcio, ayuda mucho a quedarse la custodia de los niños, lo que implica quedarse con la casa).

Y naxo, aunque en promedio, haya más mujeres en posición de desigualdad, no quita que no haya parejas en las que ambos miembros sean iguales, o más, en donde la parte débil es el hombre. Todos los juristas con los que he hablado sobre el tema coinciden en lo mismo: Si la Ley hubiese tratado de igual forma a hombres y mujeres, habría mejorado mucho.

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solharis
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En cuanto a lo de pasar la noche en el calabozo es cierto, medidas cautelares. Con la denuncia de tu padre ibas adentro. El caso es que conozco un caso real, y se aplica esta ley de violencia doméstica, que no siempre es estrictamente de género.

Joder, pues ahora mismo denuncio a mi padre antes de que se le ocurra antes hacer lo mismo, así es él el que se va al calabazo... Mi papá me pega

En serio, si lo que dices es cierto entonces la ley es todavía peor de lo que decía y yo he subestimado la capacidad destructiva de Lady Pajín. El sentido común es el menos común de los sentidos, sí.

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Pajín no es responsable de aquella Ley.

Y en cuanto a la posición de desigualdad, no sé, no veo 70 o 60 hombres asesinados por sus parejas o ex-parejas. Tal vez en nuestro -espero- mundo no haya ese problema de malos tratos, pero sigue habiendo otros mundos en que sobre todo el hombre ejerce la violencia por, fundamentalmente, una cuestión de propiedad o de mostrar una autoridad robada. Y ahí es donde aquella ley ha intentado ponerse dura, pq el problema social, la 'plaga' es ahí, y no en todos los casos en general de violencia.

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Y en cuanto a la posición de desigualdad, no sé, no veo 70 o 60 hombres asesinados por sus parejas o ex-parejas. Tal vez en nuestro -espero- mundo no haya ese problema de malos tratos, pero sigue habiendo otros mundos en que sobre todo el hombre ejerce la violencia por, fundamentalmente, una cuestión de propiedad o de mostrar una autoridad robada. Y ahí es donde aquella ley ha intentado ponerse dura, pq el problema social, la 'plaga' es ahí, y no en todos los casos en general de violencia.

Ya comenté que estadísticamente son muchos menos, y rara vez llegan a consecuencias más dramáticas, pero la situación de estos pocos se ha visto empeorada por esa ley.

Además, cuando hablamos de inmigración, ¿no habíamos quedado en que hay que individualizar los casos? Porque también se podría presumir que hay delincuencia en los campamentos gitanos o en los inmigrantes ilegales.

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Inmigración? quién ha hablado de ello? Yo hablo de mundos en sentido muy general, no culturas ni nada así, aunque se la podría tratar como una forma cultural en desaparición y que lucha por sostenerse.

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Y yo hablo de hacer legislación penal con las estadísticas en la mano, sin pensar en individualizar los casos.

A ver, sí hay muchas mujeres que mueren víctima de sus parejas. Irónicamente, éstas no denuncian. Y cuando lo hacen, las órdenes de alejamiento no sirven para nada.

Además, desprotegería a las mujeres que el agravante fuese simplemente violencia en en seno de la pareja (sin que necesariamente la víctima sea la mujer, pero sin excluir la posibilidad), con independencia de si la víctima fuese hombre o mujer? Porque, desde luego, a los (pocos) hombres que son víctimas, pero cuya indefensión es mucho mayor (pueden llegar a ser incluso víctimas de burla por parte de la policía), sí quedarían protegidos.

 

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solharis
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Y en cuanto a la posición de desigualdad, no sé, no veo 70 o 60 hombres asesinados por sus parejas o ex-parejas. Tal vez en nuestro -espero- mundo no haya ese problema de malos tratos, pero sigue habiendo otros mundos en que sobre todo el hombre ejerce la violencia por, fundamentalmente, una cuestión de propiedad o de mostrar una autoridad robada. Y ahí es donde aquella ley ha intentado ponerse dura, pq el problema social, la 'plaga' es ahí, y no en todos los casos en general de violencia.

 

Este argumento era válido ANTES de que la ley entrara en vigor. Ahora que lleva varios años y las mujeres asesinadas al año han pasado de rondar los 50 a rondar los 70 ya no vale una mierda. La ley no sólo es injusta sino que además es inútil, lo cual deja bien claro que las asesinadas fueron sólo un pretexto y nunca el fin de la ley. 

Es muy grave. Hablamos de un 40% más de asesinadas por sus parejas (desde luego un crecimiento muy superior al de los homicidios en general) desde que esta ley empezó a "funcionar" y aquí todavía las feministas la celebran como un éxito. ¿Hasta dónde tendremos que llegar para que acepten que esto es un fracaso? ¿A cien asesinadas al año?

Así que olvídate de que el fin justifica los medios porque por ahí mal vamos.

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Si se demuestra científicamente una relación causal -que yo achacaría a que ahora quizá al visibilizar se atreven más a dar el paso y denunciar, etc, etc.- sí, habría que reformar ya la Ley.

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Si se demuestra científicamente una relación causal -que yo achacaría a que ahora quizá al visibilizar se atreven más a dar el paso y denunciar, etc, etc.- sí, habría que reformar ya la Ley.

Por esa regla de tres podríamos contratar videntes para prevenir asesinatos. Cierto que no habría menos asesinatos... pero tampoco más

Hombre, el tema es demasiado serio como para que saques un argumento propio de los hermanos Marx. O sea, que la ley no funciona y no reduce los asesinatos pero como tampoco los aumenta, pues no pasa nada.  ¡Cojonudo!

Lo que habrá que demostrar es que la ley hace bien, no que no hace mal. Es de sentido común.

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Ricky
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Si se demuestra científicamente una relación causal -que yo achacaría a que ahora quizá al visibilizar se atreven más a dar el paso y denunciar, etc, etc.- sí, habría que reformar ya la Ley.

La pena de muerte o la cadena perpetua son en muchos casos contraproducentes porque el que ya siente que ya no le queda nada que perder, es inmune al efecto preventivo de la Ley penal.

En este caso, podría ocurrir lo mismo.

De todas formas, si se demuestra que no tiene efectos postivos, y es claramente injusta (y un momumento claro al control político del Tribunal Constitucional), ya es motivo para derogarla o reformarla.

El que "haya que hacer algo" no significa que cualquier cosa que se haga esté bien.

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Que muy bien, pero existe una llamada ciencia jurídica, y bueno, de ciencia tiene lo que historia, pero tiene un sentido científico en su aplicación "experimental" si lo quieres llamar. Y como dice Ricky, la pena de muerte es "científicamente" o "positivamente" contraproducente por los datos que se tienen. Pues lo mismo con cualquier aspecto, sobre todo en lo penal y procesal. Que hablen los especialistas.

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solharis
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A diferencia de la Historia, en el Derecho sí pueden hacerse experimentos.

Hemos hecho el experimento y la ley no ha funcionado. En el mejor de los casos la ley ha sido inútil y en el peor ha sido contraproducente. Señores, el experimento ha fracaso, así que rectificar es de sabios.

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Ricky
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Personalmente, creo que en Derecho Penal, los experimentos con gaseosa, pero bueno... ya está hecho, y estaría bien deshacerlo.

Natxo pide la opinión de los expertos. Pues bien, esta Ley fue al Constitucional no por la vía del recurso (que debería haber presentado algún otro partido), si no por la vía de la cuestión de inconstitucionalidad, que deben plantear los jueces cuando dudan de que una ley se acomode a la Constitución. O sea que fueron no pocos jueces (que, imagino, algo sabrán de derecho), los que dudaron de que esta Ley se ajustara a la Carta Magna.

También fueron jueces, que en su día a día son los que aplican esta Ley, los que denunciaron el gran número de denuncias falsas, anque tanto en este caso, como en la denuncia del SAP, el Ministerio de Igualdad se ha apresurado a sacar sus propias estadísticas poniendo en duda la importancia cuantitativa de ambos fenómenos.

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Andronicus
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Acabarán habiendo denuncias del pobre calzonazos que se siente dominado por su novia, a este paso.

Una cosa es proteger potenciales casos de agresión y discriminación graves, pero eso se soluciona con educación (aunque, claro, si me preguntáis cómo, os respondo que no tengo ni idea. Si la tuviese, me hubiera metido a Magisterio, y no a Historia), con concienciación.

Por otro lado, es natural que el físico sea un factor en ciertos trabajos. Me parece bien que regulen la apariencia anoréxica de algunas modelos por sentar un modelo de belleza enfermizo y que además no se corresponde con los gustos generales de la población, pero es que ya me veo aspirantes a modelo feas denunciando a la empresa de cásting por discriminación y daños psicológicos.

En fin, tampoco aportaré nada nuevo a este debate. Pero me parece que hay una línea de sentido común que acaba de cruzarse, y no veo por qué.

Andronicus dixit

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Yo creo que las críticas al proyecto de ley en todo caso deberían de ir por la posible vulneración del principio de presunción de inocencia y por hechos como éstos:

http://www.publico.es/internacional/357034/una-pareja-gay-gana-un-pleito-al-hotel-que-le-nego-una-cama-de-matrimonio

Ha ocurrido en Inglaterra, pero creo que aquí la sentencia habría sido similar. Si la justicia ya tiene mecanismos contra las desigualdades y discriminaciones (despidos improcedentes por el físico, raza, etc, por ejemplo), aunque sean difíciles de probar en muchos casos, esta Ley entonces es redundante y más mediática que necesaria. O bueno, tal vez es bienintencionada pq eso, es difícil imponer la igualdad, pero ya existen medios.

Francia tiene una agencia estatal a la que recurrir en estos casos, encargada de imponer la igualdad. Si te niegan un piso por ser estudiante, un trabajo por ser negro, etc, etc. Aquí creo que no hay una figura así, el Defensor del Pueblo creo que es sobre todo frente a posibles abusos del Estado, aunque aumente sus competencias. La fiscalía también se ocupa de miles de casos así. Y poco más, pero no una figura específica que te asesor, creo, eh.

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