Las Manadas. ¿Nadie recuerda el caso de Pola Laviana?

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Fly
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Urizen dijo:
Fly dijo:
The Dreadful Hours dijo:

Urizen dijo:
Que yo sepa no hubo sodomia
Sí que la hubo.

Y tampoco hace falta que sean profesionales para ello.


Me refiero simultaneamente por dos hombres y estando depie en un portal, reconoceme que hace falta como minimo cierta habilidad atletica. Lo de la sodomia no lo recuerdo, tienes una fuente? Lo digo porque normalmente el sexo anal sin preparación ni consentimiento produce una lesiones muy graves que me sorprenderia que el tribunal hubiese ignorado.

Viene en la sentencia que uno de ellos sí que lo hizo analmente. Y obviamente por lo que parece no fue simultáneo, se turnaban.

Y respecto a las lesiones, depende. Lo que parece claro es que no hubo resistencia, lo cual no implica consentimiento.

Es probable emitió su esperma de una forma muy descuidada.

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Angus
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solharis dijo:

Urizen dijo:
solharis dijo:

Fly dijo:
Hay muchas más opciones que las 3 que pones xddd Y de las que has puesto 2 son muchísimo más improbables que el abuso sin intimidación o el sexo totalmente consentido.

¿Por ejemplo?

¿Que le gusta follar y no tiene una moral de hace dos siglos mas o menos?

¿Pero qué moral de hace dos siglos? ¿Nos hemos vuelto locos o qué? Follar con 5 tíos por todos los orificios no es normal. Sólo una enferma puede acceder a eso. ¿Cómo pueden los jueces darlo por normal? Lo que están dando a entender es que dedican más tiempo a ver porno que a estudiar las leyes. 

dew

saludos

Am I only dreaming? Or is this burning an eternal flame?... DREAM

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Ahora que por fin estoy en casa me he leido parte de la sentencia, solo los hechos probados. He de decir que mi opinión es ligeramente menos favorable a los acusados, por la predemitación con la que los hechos da a entender que actuarón (busqueda de un hotel, infiltración en una casa), por el sexo anal (el cual dadas las circunstancias a menos que fuera algo fortuito me parece una agresión en toda regla, para entendernos la penetración anal sin consentimiento ni la preparación adecuada no puede dejar de ser violenta), y por ciertos detalles del robo del movil (su desmantelamiento in situ demuestra que o bien es un ladrón profesional de moviles o era realmente una maniobra ideada con el fin de incomunicar a la victima). Dicho todo esto, salvo lo del ano, ninguna de estas cosas demuestran la intimidación ni la violencia por parte de los acusados aunque sin duda son hechos agravantes.

De todas formas reitero que cualquier juicio que hagamos nosotros estara siempre falto del sustento legal y de conocimiento de los hechos en comparación con el de los magistrados. Las turbas que se han levantado en redes sociales son sencillamente inadmisibles.

Empece a soñar con monstruos con la esperanza de algun algun dia poder llegar a soñar con heroes.

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Yo lo que decís del sexo anal no lo entiendo. Vale que quizás no es el tipo de sexo más habitual pero es una forma más de sexo y no veo en ello intimidación o intención de hacer daño. Hay gente que disfruta con ello y no podemos basarnos en suposiciones personales para sustentar un juicio a una persona.

Urizen dijo:
De todas formas reitero que cualquier juicio que hagamos nosotros estara siempre falto del sustento legal y de conocimiento de los hechos en comparación con el de los magistrados. Las turbas que se han levantado en redes sociales son sencillamente inadmisibles.
Correcto y es algo que debería criticarse desde algún órgano oficial del Estado para concienciar a la gente y no dejar que se enciendan de ese modo porque algún día puede ocurrir alguna vendetta. Deberían insistir en la presunción de inocencia de los acusados antes del juicio y en la profesionalidad y tenencia de pruebas de los jueces tras el fallo. Los medios de comunicación ayudan a crear unos cirios sociales impresionantes que alguna vez se cobrarán una vida inocente.

"Tu estás incluso por encima de La Jefa. Y por ello te concedo el título de El Gran Jefe. Eres un verdadero patriota."

-Lyndon B. Johnson a John Snake. (1964)

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Omnio dijo:
Yo lo que decís del sexo anal no lo entiendo. Vale que quizás no es el tipo de sexo más habitual pero es una forma más de sexo y no veo en ello intimidación o intención de hacer daño. Hay gente que disfruta con ello y no podemos basarnos en suposiciones personales para sustentar un juicio a una persona.

Yo no tengo ningún problema en el sexo anal por si mismo, pero pesé a mi escasa experiencia en la materia creo poder afirmar que el esfinter anal no esta preparado para la introducción de algo tan grande como un pene. Obviamente se puede hacer con la debida preparación, pero si te meten una polla de sopetón te hacen un destrozo sin contar conque no es algo que hagas sin mas sino que tienes que realmente forzar el esfinter con una gran presión. Por lo cual la penetración anal no consentida es con los pocos elementos de juicio que tengo siempre violenta. Dicho esto, son los peritos y los forenses quienes deben dictaminar estas cosas no yo.

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Jefe rojo
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no se que mas quieres, si hubiera sido consentido no le habrian robado el movil, eso a mi modo de ver ya va siendo muy contundente, que a veces no esta de mas jugar a abogado del diablo pero ... a la vista de todo lo demas no se si realmente tiene sentidp poner el foco en si los penes destrozan culos o no

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¿Pero dónde estaría el abuso? Entiendo que el abuso se basa en una coacción no violenta como la de un empleador, padre o profesor. ¿Pero en este caso? El único elemento coactivo era el de utilizar la violencia. ¿Qué otra cosa podía temer la chica de esos 5 desconocidos salvo ser agredida?

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Tendrán sus razones los jueces, pero a mi ver ni el sexo anal, ni que le roben el móvil o que sean cinco prueba violación o siquiera intimidación. Puede que a una chica (no me refiero a ella) le guste el sexo duro por atrás, puede que le guste hacerlo en grupo en lugares improvisados, puede que le guste hacerlo con cierta fuerza, que la desnuden etc y lo del móvil pues puede ser una simple cabronada de los participantes. No hablo del juicio en sí solo comento éstas cosas fríamente y por separado, pero la gente las usa como pilares indiscutibles de que hubo una violación masiva y lo único que hacen es interpretar en base a sus prejuicios.

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Jefe rojo dijo:

no se que mas quieres, si hubiera sido consentido no le habrian robado el movil, eso a mi modo de ver ya va siendo muy contundente, que a veces no esta de mas jugar a abogado del diablo pero ... a la vista de todo lo demas no se si realmente tiene sentidp poner el foco en si los penes destrozan culos o no

No quiero nada, no me corresponde a mi ser juez, jurado y verdugo, así funciona la sociedad tu cedes parte de tu poder a otros que crees mas aptos que tu para llevar a cabo determinadas acciones como por ejemplo la acción punitiva de la justicia y el enjuiciamiento criminal.

Lo que se debate aqui y lo que configura el tipo penal, que marca una diferencia de mas de 10 años en la condena, es si hubo violencia. Yo confio en los jueces que tienen acceso a mucha mas información que yo y a mejores elementos de juicio y doy por hecho que no la hay. Lo del pene destrozando culos, es relevante porque según mi opinión semejante tipo de penetración no puede ser no violenta y por lo tanto siempre constituye violación, pero de nuevo no me corresponde a mi juzgarlo.

El movil, no es relevante a la hora de determinar si hubo o no violencia. Puede indicar el dolo, dado que ellos sabian que acababan de cometer un delito y por lo tanto eran conscientes de que no existia consentimiento, o puede ser un crimen de oportunidad. De nuevo para hilar tan fino me faltan elementos de juicio que confio los magistrados han tenido en cuenta mucho mejor de lo que podria haberlo hecho yo.

No es jugar al abogado del diablo, es defender el estado de derecho y la independencia del poder judicial, es pretender que si algún dia termino ante un tribunal sea un profesional imparcial el que me juzgue y no una turba enagenada.

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solharis dijo:

¿Pero dónde estaría el abuso? Entiendo que el abuso se basa en una coacción no violenta como la de un empleador, padre o profesor. ¿Pero en este caso? El único elemento coactivo era el de utilizar la violencia. ¿Qué otra cosa podía temer la chica de esos 5 desconocidos salvo ser agredida?

Lo que ella temiera a mi entender es irrelevante, lo importante es si aquel temor fue infundido de forma deliverada por parte de los acusados. Imaginate que se te planta delante un tio de 2 metros con brazos como jamones de bellota, tu obviamente te vas a sentir intimidado aunque el no haga absolutamente nada para intimidarte, si el aprovecha que estas paralizado por el miedo para virlarte la maleta que tienes junto a ti es muy distinto que si un tirrillas al que habias despreciado en primera instancia te saca una navaja y te pide que le des la puta malera, son tipos penales distintos.

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Por sentar un poco las bases.

Aquí está el meollo en cuanto la fundamentación jurídica:

En las concretas circunstancias del caso, no apreciamos que exista intimidación a los efectos de integrar el tipo de agresión sexual, como medio comisivo, que según se delimita en la constante doctrina jurisprudencial que acabamos de reseñar , requiere que sea previa, inmediata grave y determinante del consentimiento forzado.

Por el contrario estimamos, que los procesados conformaron demodo voluntario una situación de preeminencia sobre la denunciante , objetivamente apreciable, que les generó una posición privilegiada sobre ella , aprovechando la superioridad así generada, para abusar sexualmente de la denunciante quien de esta forma no prestó su consentimiento libremente, sino viciado, coacciona do o presionado por tal situación.

Recordemos que la condena es por: "Cinco delitos continuados de abuso sexual con prevalimiento previsto y penado en el Art. 181 3. y 4. del Código Penal en relación con los Arts. 192 y 74."

Y el artículo 181 CP recoge:

 

Artículo 181.

3. La misma pena [prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses] se impondrá cuando el consentimiento se obtenga prevaliéndose el responsable de una situación de superioridad manifiesta que coarte la libertad de la víctima.

4. En todos los casos anteriores, cuando el abuso sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado con la pena de prisión de cuatro a diez años.

 

Como ha dicho Urizen: El robo del móvil puede denotar la existencia de dolo (yo así lo creo), pero no puede ser indicativo de violencia ni intimidación.

Y para que sea violación y no abuso, tiene que concurrir una de dichas circunstancias.

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Urizen dijo:

Lo que ella temiera a mi entender es irrelevante, lo importante es si aquel temor fue infundido de forma deliverada por parte de los acusados.

Esto.

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Urizen dijo:

solharis dijo:

¿Pero dónde estaría el abuso? Entiendo que el abuso se basa en una coacción no violenta como la de un empleador, padre o profesor. ¿Pero en este caso? El único elemento coactivo era el de utilizar la violencia. ¿Qué otra cosa podía temer la chica de esos 5 desconocidos salvo ser agredida?

Lo que ella temiera a mi entender es irrelevante, lo importante es si aquel temor fue infundido de forma deliverada por parte de los acusados. Imaginate que se te planta delante un tio de 2 metros con brazos como jamones de bellota, tu obviamente te vas a sentir intimidado aunque el no haga absolutamente nada para intimidarte, si el aprovecha que estas paralizado por el miedo para virlarte la maleta que tienes junto a ti es muy distinto que si un tirrillas al que habias despreciado en primera instancia te saca una navaja y te pide que le des la puta malera, son tipos penales distintos.

Pensaba que la intimidación física era suficiente.

Entiendo.

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Es decir, que basicamente si ella no ha opuesto resistencia violenta con signos que lo demuestren solo se puede condenar como abuso y no como violacion

No dice mucho a favor del codigo penal teniendo en cuenta que la victima puede temer por su vida y por tanto no ofrecer resistencia 

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Jefe rojo dijo:

Es decir, que basicamente si ella no ha opuesto resistencia violenta con signos que lo demuestren solo se puede condenar como abuso y no como violacion

No dice mucho a favor del codigo penal teniendo en cuenta que la victima puede temer por su vida y por tanto no ofrecer resistencia 

No.

Violencia o intimidación.

Es un problema de prueba.

Y para valorarlo, habría que ver los interrogatorios y demás prueba practicada.

 

Y recordemos: Es quien acusa quien tiene que aportar pruebas de la intimidación.

 

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Que, ojo. Tampoco me parece una pena muy blanda.

3, 4, 5 años que puedan estar en prisión, antes de los 30, son muchos años.

A lo que se suma el que los que eran empleados públicos han sido inhabilitados.

 

Y eso, sin contar el juicio paralelo.

 

 

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Supongo que otro problema es que aquí hay una prueba fundamental que no hemos visto y es el vídeo.

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Ricky dijo:

A lo que se suma el que los que eran empleados públicos han sido inhabilitados.

Bueno... de momento, ley de carrera militar mediante, el soldado y el guardia civil mantienen el 75% del sueldo base, al menos hasta que la sentencia sea en firme.

Xoso vive en un mundo post apocaliptico (...) y recorre en su motocicleta steampunk la desolada tierra acompañado por Pérez Reverte... [1]

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Xoso dijo:

Ricky dijo:

A lo que se suma el que los que eran empleados públicos han sido inhabilitados.

Bueno... de momento, ley de carrera militar mediante, el soldado y el guardia civil mantienen el 75% del sueldo base, al menos hasta que la sentencia sea en firme.

Bueno, es que xoso...

La presunción de inocencia significa que todo el mundo es inocente hasta que recaiga sentencia condenatoria firme.

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solharis dijo:

Supongo que otro problema es que aquí hay una prueba fundamental que no hemos visto y es el vídeo.

Y las declaraciones de la denunciante en todas las fases del proceso.

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Ricky dijo:

Xoso dijo:

Ricky dijo:

A lo que se suma el que los que eran empleados públicos han sido inhabilitados.

Bueno... de momento, ley de carrera militar mediante, el soldado y el guardia civil mantienen el 75% del sueldo base, al menos hasta que la sentencia sea en firme.

Bueno, es que xoso...

La presunción de inocencia significa que todo el mundo es inocente hasta que recaiga sentencia condenatoria firme.

Ya ya, lo que quería señalar es que ninguno de ellos se ha convertido precisamente en un apestado.

Y lo de la inhabilitación, aún con sentencia firme de por medio, en serio que me gustaría verlo. Me parecería raro que al poco de salir de la trena tardaran poco en reintegrarse en sus respectivos cuerpos.

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Por cierto, Victoria Rosell ha comentado la sentencia en twitter. Y señala algunos estractos que, al menos en el aspecto retórico, ponen un tanto en duda el veredicto final.

Edito: joder yo estoy leyendo la sentencia y flipando con ciertas cosas. Se dan por probadas varias penetraciones forzadas, incluyendo penetraciones anales. Como entusiasta del sexo anal, puedo atestiguar que es una práctica que suele requerir notables dosis de esfuerzo, paciencia, cariño y notables cantidades de sustancia lubricante para que funcione. Y eso, en un ambiente íntimo y relajado, y obviamente con total consentimiento de las partes. En un portal, entre cinco tíos, de manera forzosa y con la víctima drogada, no puedo imaginarme ninguna otra definición que no sea violación.

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El juez discordante es un puto enfermo.

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Lo de Victoria Rosell es un poco más fundada que otras críticas. Pero como llevamos diciendo Urizen y yo hoy, la clave es si ellos aprovechan esa intimidación o no.

Es que se lee cada cosa:

Por ejemplo, aquí:

"Calificar de abuso sexual los hechos de aquel San Fermín maldito es reclamar a la víctima (de esta y otras manadas) que pruebe que hubo violencia e intimidación."

Hoyga, es que en eso consiste la presunción de inocendia.

Y porque el de Barbijaputa aún no está para no socios.

 

P.D.: Se me hace un tanto irónico que personas que sí consideran esto intimidación no considerasen la resistencia del 1-O, los CDR, o en general los escraches como "intimidantes".

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Xoso dijo:
El juez discordante es un puto enfermo.

Pues te voy a decir una cosa.

No estoy de acuerdo, pero tampoco es que haga una mala argumentación.

La madre del cordero en el voto particular está en las variaciones en el relato de la víctima. La postura mayoritaria considera que no son cambios sustanciales, pero el análisis que hace tampoco es que sea un disparate.

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Sus comentarios sobre los vídeos son brutales, hombre ya. Parecen escritos rabo en mano.

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Xoso dijo:

Sus comentarios sobre los vídeos son brutales, hombre ya. Parecen escritos rabo en mano.

Los he leído y no son para tanto. Es lo típico en estos casos, donde prima la claridad sobre la dureza. Tampoco creo que ocuparse de estos casos sea para todos los estómagos. Mentalmente el daño debe ser mayor que el de ver porno corriente.

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Ricky dijo:

Lo de Victoria Rosell es un poco más fundada que otras críticas. Pero como llevamos diciendo Urizen y yo hoy, la clave es si ellos aprovechan esa intimidación o no.

Es que se lee cada cosa:

Por ejemplo, aquí:

"Calificar de abuso sexual los hechos de aquel San Fermín maldito es reclamar a la víctima (de esta y otras manadas) que pruebe que hubo violencia e intimidación."

Hoyga, es que en eso consiste la presunción de inocendia.

Y porque el de Barbijaputa aún no está para no socios.

 

P.D.: Se me hace un tanto irónico que personas que sí consideran esto intimidación no considerasen la resistencia del 1-O, los CDR, o en general los escraches como "intimidantes".


Y como se demuestra la intimidación?

Vitalismo NO!!!

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Ricky dijo:

Que, ojo. Tampoco me parece una pena muy blanda.

3, 4, 5 años que puedan estar en prisión, antes de los 30, son muchos años.

A lo que se suma el que los que eran empleados públicos han sido inhabilitados.

 

Y eso, sin contar el juicio paralelo.

 

 


El mensaje es fantástico.
Si te resistes como Nagore Laffage pues te matarán y el asesino se librará con 9 años de cárcel.
Si no te resistes, será que medio te gusto y tu violador se llevará los mismos años de cárcel.

Vitalismo NO!!!

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Ricky dijo:

Que, ojo. Tampoco me parece una pena muy blanda.

3, 4, 5 años que puedan estar en prisión, antes de los 30, son muchos años.

A lo que se suma el que los que eran empleados públicos han sido inhabilitados.

 

Y eso, sin contar el juicio paralelo.

 

 


El mensaje es fantástico.
Si te resistes como Nagore Laffage pues te matarán y el asesino se librará con 9 años de cárcel.
Si no te resistes, será que medio te gusto y tu violador se llevará los mismos años de cárcel.

Vitalismo NO!!!

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